martes, 27 de octubre de 2015

aspectos fundamentales y novedosos de las constituciones de venezuela.

Constitución de 1936

Fue aprobada el 16 de julio de 1936 durante la presidencia de Eleazar López Contreras. Su importancia se centra en ser la primera constitución política del Estado después de la dictadura de Juan Vicente Gómez. Aunque acaba con el carácter personalista de sus predecesoras, en un principio tenía características más restrictivas que las siete constituciones gomecistas, hasta que el 23 de abril de 1945 el presidente Isaías Medina Angarita impulsa una reforma profundizando el proceso de democratización que había comenzado en 1936.
• Características

1. Los senadores y diputados se eligen por elecciones de segundo grado. 
2. Ellos se encargan de elegir al presidente de la República. 
3. Se reduce el período presidencial de 7 a 5 años. 
4. El período parlamentario es de 4 años. 
5. Hombres mayores de 21 años y alfabetos pueden elegir y ser electos
6. Se cambia el nombre de Estado Zamora a Estado Barinas.
7. No era una constitución totalmente democrática. 
8. Se incorporó un nuevo texto del Inciso Sexto que determinaba que el comunismo era un pensamiento pernicioso y que sus seguidores se consideraban traidores a la patria. Por consiguiente, podían ser apresados o expulsados del territorio nacional, aun cuando no estuvieran suspendidas las garantías ciudadanas. Asimismo, el Inciso establecía la misma calificación y pena para el anarquismo y sus seguidores.

Jurídicamente la Constitución de 1936 y su reforma de 1945 no significan un cambio importante respecto a las anteriores; sin embargo, representa un verdadero salto cualitativo, pues se puede decir que se pasa de un sistema de constituciones de papel, sobre todo en lo que se refiere a los derechos individuales, incluidos los políticos, hasta ese momento prácticamente inexistentes, a uno en el que progresivamente se van afirmando y haciendo realidad la eliminación de las torturas y de las prisiones sin juicio, el respecto a la persona y a su dignidad, el reconocimiento de las asociaciones políticas de oposición o disidentes, la tolerancia frente a la libre expresión del pensamiento; esto es, de una vigencia efectiva de la letra y espíritu de la Constitución. Es así, más un cambio de espíritu que de normativa. Este cambio se ejemplifica en el hecho de que la Constitución de 1936 reduce el período constitucional de 7 a 5 años, no siéndole aplicable en derecho al presidente López Contreras, por cuanto había sido elegido en abril de 1936, bajo la vigencia de la anterior Constitución; y sin embargo, éste, por voluntad propia, se la aplicó y redujo así la duración de su mandato. Primero y único caso en la historia de Venezuela, donde el problema y el hecho varias veces repetido era lo contrario, la prórroga o extensión de los períodos presidenciales a favor del ocupante del cargo.

Debe hacerse mención, sin embargo, de algunas reformas importantes que se hicieron ya en 1936 ya en 1945 y que marcan tendencias desarrolladas luego en las constituciones de 1947 y 1961:

En los artículos contentivos de la declaración de derechos, la de 1936, al consagrar la libertad de trabajo tradicional, establece la idea de la protección social del obrero como una de las tareas del Estado y crea un Consejo de Economía Nacional formado por "...representantes de la población productora y de la consumidora, del capital y del trabajo...", así como ciertas pautas aunque tímidas a la legislación del trabajo en favor de los obreros y trabajadores. Con ello comienza el reconocimiento de los derechos sociales.

Constitución de 1945

Elimina la prohibición de la propaganda comunista y anarquista, restableciendo la libertad de expresión en su plenitud e igualmente inicia la tendencia, reforzada en las siguientes constituciones, del intervencionismo económico del Estado y la posibilidad de la existencia de poderes económicos en circunstancias extraordinarias, sin necesidad de suspender las garantías y derechos. El gran defecto del sistema establecido por las constituciones de 1936 y 1945 estuvo en mantener la elección indirecta de tercer grado para el presidente de la República y de segundo y tercer grado para diputados y senadores, y por otra parte, mantuvo el requisito de saber leer y escribir para la condición de elector, lo que excluía a gran parte de la población del derecho de sufragio y hacía de éste un sufragio restringido.

Tal requisito había venido existiendo implícitamente, cuando no expresamente, en la legislación electoral de los estados y de la República de 1874. La reforma de 1945 quiso y comenzó a buscarle salida a toda esta situación estableciendo la elección directa de los diputados y el voto femenino para los concejos municipales. 

• La Constitución constaba de ocho títulos para un total de 253 artículos además de 19 disposiciones transitorias. 
1. Mayores poderes para el Congreso Nacional, al punto de poder interpelar a los Ministros y hasta dar un voto de censura a los mismos.
2. El Congreso estaba compuesto por la Cámara de Diputados y el Senado.
3. Al adquirir otra nacionalidad se perdía automáticamente la venezolana.
4. Facilidades para la naturalización a latinoamericanos y españoles.
5. Garantizaba la protección del menor desde su concepción hasta su completo desarrollo.
6. Voto de la mujer, si bien ya había sido aprobado por ley en 1945, no tenía rango constitucional.
7. Voto obligatorio.
8. El Estado podría restringir ciertos derechos económicos en razón del interés colectivo.
9. Se reconoce por primera vez el derecho de asilo Posteriormente, en la reforma constitucional de 1945, efectuada durante el gobierno de Isaías Medina Angarita, se eliminaron las restricciones contra comunistas y anarquistas, a la vez que se permitía el libre juego de los partidos políticos.

En síntesis, la importancia histórica del Inciso Sexto contemplado en la reforma constitucional de 1928, radica en que el mismo expresa la introducción en nuestro país de nuevas corrientes ideologías que como el comunismo, marxismo o anarquismo, implicarían el inicio de una nueva etapa en la historia política de Venezuela.

Constitución de 1947

Fue aprobada el 5 de julio de 1947 por una Asamblea Constituyente, esta carta magna derogaba la Constitución de 1936 reformada en 1945 por el gobierno de Isaías Medina Angarita. Fue la primera constitución de verdadero corte democrático ya que en ella se establecía por primera vez la elección libre directa y universal, estableciendo por primera vez en una constitución venezolana el voto femenino, el de los analfabetas y mayores de 18 años.

Tuvo una vigencia de 1 año y 4 meses y fue derogada por acto de fuerza el 24 de noviembre de 1948. El Presidente, los congresistas, miembros de Asambleas legislativas y concejales debían elegirse por el voto universal, directo y secreto.

La constitución de 1947 es derogada por acto de fuerza luego del golpe de Estado del 24 de noviembre de 1948. Luego con el retorno de la democracia la Constitución de 1961 tendría buena parte de su articulado inspirado en la constitución del 47.

• Características:

1. Es la última constitución que utiliza el nombre de Estados Unidos de Venezuela.
2. Se elige el presidente por 5 años sin reelección inmediata.
3. Al adquirir otra nacionalidad se perdía automáticamente la venezolana.
4. Voto obligatorio.

Constitución de 1948

Acta de constitución del gobierno provisorio de los estados unidos de Venezuela:

Promulgada el 25 de noviembre de 1948, la misma restituía la vigencia de la Constitución de 1936, dejando entredicho la vigente de 1947. El acta había sido refrendada el día anterior por la Junta Militar compuesta de Marcos Pérez Jiménez, Carlos Delgado Chalbaud y Luís Felipe Lloverá Páez tras el derrocamiento del presidente Rómulo Gallegos.

Constitución de 1953

Fue aprobada el 11 de abril de 1953 por la Asamblea Constituyente electa el 30 de noviembre de 1952. Si bien en su concepción fundamental se establecía un Estado democrático, alternativo, electivo, federal y representativo; en la práctica no se cumplían estos preceptos.

Ésta nueva constitución derogaba la Constitución de 1947 que realmente había sido derogada por acto de fuerza el 24 de noviembre de 1948 luego del golpe de Estado encabezado por Marcos Pérez Jiménez. Algunos de los aspectos fundamentales en los que destaca la Constitución de 1953 es que omitía en su declaración preliminar la representación del Pueblo Soberano de Venezuela y la figura de Simón Bolívar que habían sido exaltados en la constitución anterior, además suprimía varios de los aspectos considerados socialistas de 1947.1 tuvo una vigencia de 5 años y fue derogada como consecuencia de la Revolución del 23 de enero de 1958. La edad para votar es de 21 años.

• Características:

1. Se restablece el nombre de República de Venezuela que había perdido en 1863 por Estados Unidos de Venezuela.2. cenadores y diputados se elegían por elecciones de 2do grado durante la presidencia de marcos Pérez Jiménez modifico fundamentalmente el contenido.
3. modifico el contenido de 1947 y en muchos aspecto regreso a la 1936.
4. trato por primera vez plataforma continental y lecho submarino.
5. cambio de Estados Unidos de Venezuela por la Republica de Venezuela.
Constitución de 1961

La Constitución de Venezuela de 1961 fue aprobada el 16 de enero de 1961 por el Congreso de la República (actualmente Asamblea Nacional (AN)) con el voto afirmativo de las principales cuatro fuerzas políticas del país para entonces, Acción Democrática, Unión Republicana Democrática, Copei y el Partido Comunista de Venezuela. Esta Constitución estaba basada en los principios de la Constitución de 1947 que había sido reformada en 1953 por la dictadura perezjimenista. Esta delimita el territorio nacional, consagra la soberanía de la nación sobre el mar territorial, la zona marítima y contigua, la plataforma continental así como el dominio y explotación de sus bienes y recursos en ella.

Características:

1. La Constitución de 1961 estaba dividida en cuatro partes:

El preámbulo donde se invoca la protección de Dios y se exalta al Libertador Simón Bolívar y a los "grandes servidores de la patria".
La parte dogmática en la cual se establecen como pilares la democracia, la independencia y el carácter de forma federal del Estado venezolano, entre otros.
La parte orgánica, que constaba de doce títulos para un total de 252 artículos.
Las disposiciones transitorias compuestas por 23 disposiciones.

2. Sólo se reconocía como idioma oficial el castellano.
3. El Estado venezolano se divide en: Estados, el Distrito Federal, Territorios Federales y las Dependencias Federales.
4. Los Estados se dividen en Distritos y estos en Municipios.
5. No existía la doble nacionalidad, por lo tanto el venezolano que obtuviese otra nacionalidad perdía automáticamente la nacionalidad venezolana.

La Carta Magna de 1961 fue la Constitución más duradera de Venezuela, durante sus 38 años de existencia solo sufrió dos enmiendas aprobadas por el extinto Congreso Nacional, ahora llamada Asamblea Nacional (mencionado anteriormente).

Su primera enmienda, fue sancionada por el congreso Nacional el 9 de mayo de 1973, promulgada por el presidente Rafael Caldera y publicada en la Gaceta Oficial N° 1585 del 11 de mayo de 1973, evitaba la postulación a Presidente de la República, Senador o Diputado al Congreso o a Magistrado de la Corte Suprema de Justicia (ahora Tribunal Supremo de Justicia), quiénes hubiesen incurrido en delitos durante el ejercicio en un cargo público. Por lo cual inhabilitaron al ex-presidente Marcos Pérez Jiménez de ser electo Presidente de la República.

La segunda enmienda, fue sancionada por el Congreso Nacional en 1983 y promulgada por el presidente Luís Herrera Camping el 16 de marzo de ese mismo año, esta contempló varios aspectos innovadores. También fijó la reforma del sistema electoral para los Concejos Municipales y las Asambleas Legislativas, la cual fue sancionada tras dos años de discusiones del proyecto original en el congreso , el cual no fue aprobado en su totalidad. Y por último una propuesta de ampliación de los derechos políticos de los venezolanos por naturalización y permitir la intervención de los Concejos Municipales, pero el Congreso Nacional la rechazó.

Constitución de 1999

Nombre Oficial: Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, es la carta magna vigente en Venezuela, creada el 17 de noviembre de 1999, ratificada y adoptada el 15 de diciembre del mismo año, y cinco días después (específicamente el 20 de diciembre) fue promulgada. Fue impulsada por Hugo Chávez, recibiendo un gran respaldo de diversos sectores y el rechazo de los partidos tradicionales. El ex Presidente de la República, así como sus seguidores, la llaman la "Constitución Bolivariana", por inspirarse en los ideales de Simón Bolívar y su ideología el Bolivarianismo, además establece el inicio de la llamada "Quinta República".

Se ratifica a Venezuela como un estado federal democrático social de derecho y justicia, cambia de gobierno representativo a participativo, aumenta el período presidencial de 5 a 6 años con una reelección inmediata, la nacionalidad no se pierde al adquirir otra y aparece la creación de la Policía Nacional.

La constitución venezolana de 1999 es la primera y única en la historia nacional cuya redacción fue aprobada por el pueblo mediante el voto en el Referéndum del 15 de diciembre de 1999, recibiendo el respaldo del 71,78% de los votos. Es la primera en reconocer los derechos de los pueblos indígenas, estableciendo como oficiales sus lenguas.

Desde el punto de vista ambiental, esta constitución es pionera en la región al reconocer el derecho de los ciudadanos a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Una de estas leyes es que "El Estado promoverá la agricultura sustentable como base estratégica del desarrollo rural integral a fin de garantizar la seguridad alimentaria de la población".

La parte dogmática de la constitución está conformada por los Principios Fundamentales que determinan la configuración política y territorial del Estado venezolano, así como por la enumeración y regulación de los Derechos Fundamentales, sus garantías y los deberes.

Por otro lado, en la parte orgánica se diseña la estructura del Estado regulando los órganos básicos que ejercen los poderes estatales. El sistema venezolano conserva el diseño de división de poderes, entre el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y el Poder Judicial, pero agrega dos Poderes más a la estructura del Estado, con el Poder Ciudadano y el Poder Electoral.

La constitución venezolana contiene 350 artículos, dividida en 9 títulos, que son:

Título I (artículos del 1º al 9º), establece el cambio de nombre del país de "República de Venezuela" a "República Bolivariana de Venezuela" además una serie de principios elementales de un Estado de derecho. Este título resume la filosofía política de la Constitución, en cuanto toca a la relación del hombre con el poder.

Título II (artículos del 10º al 18º), se establece que el territorio y demás espacios geográficos de la República son los que correspondían a la Capitanía General de Venezuela con las modificaciones resultantes de los tratados, así pues cualquiera que sea su naturaleza, si es existente en el territorio nacional pertenece a la República.

Título III (artículos del 19º al 135º), se refiere a los derechos y deberes humanos. Entre los derechos fundamentales reconocidos se cuentan el derecho a la vida, la igualdad ante la ley, la igualdad en la protección de la ley, a la honra, a la libertad de conciencia, de asociación, a la propiedad y EL DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN.

Título IV (artículos del 136º al 185º), se decreta el aumento de los poderes públicos nacionales de 3 a 5 poderes independientes: Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral. Pero se conserva el orden jurídico del poder público en nacional, estatal y municipal.

Título V (artículos del 186º al 298º), es implantada una Asamblea Nacional unicameral, eliminando el Senado de la República y el cargo de Senador vitalicio. Además se fija como cabeza del Estado y del Gobierno al Presidente de la República. Define las formas de elección de éste y los requisitos para desempeñar el cargo, establece las atribuciones del Presidente de la República, las normas relativas al Vicepresidente de la República, los Ministros de Estado y requisitos para desempeñar el cargo.

Título VI (artículos del 299º al 321º), establece todo régimen económico del Estado en cuanto a los principios que lo caracterizan como la justicia social, democracia, eficiencia, libre competencia, protección del ambiente, productividad y solidaridad, a los fines de asegurar el desarrollo humano integral y una existencia digna y provechosa para la colectividad.

Título VII (artículos del 322º al 332º), establece la forma de operar de la institución armada de defensa y policiales, ya sea Nacional, Estatal o Municipal, además de sus normas fundamentales.

Título VIII (artículos del 333º al 339º), determina que la Constitución no perderá su vigencia si dejare de observarse por acto de fuerza o porque fuere derogada por cualquier otro medio distinto al previsto en ella, todo ciudadano investido o no de autoridad, tendrá el deber de colaborar en el restablecimiento de su vigencia.

Título IX (artículo del 340º al 350º), establece la forma o modos de enmendar y reformar los diferentes capítulos de la Constitución Política de la República, además establece los procedimientos para convocar a una Asamblea Nacional Constituyente.



Referencias Bibliográficas

http://es.wikipedia.org/wiki/Constituci%C3%B3n_de_Venezuela_de_1999#Principios_Fundamentales




ESTUDIANTE LUISA FERNANDA OCAMPO RIOS 

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